El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado un recurso de UGT y CC.OO. contra una decisión anterior de la Audiencia Nacional que consideró justificada la reducción de las comisiones por facturación de los empleados de Cortefiel en aplicación de la reforma laboral.
La sentencia recuerda que la citada reforma permite que el salario pueda ser modificado a la baja por la unilateral voluntad del empresario con el límite de la retribución prevista en el convenio, aunque únicamente en las cuantías que el trabajador perciba como mejora. En Cortefiel, el Supremo estima que la caída de ventas tanto en el sector minorista textil como en el grupo empresarial justifica la modificación de condiciones. No obstante, matiza que el control judicial no se encuentra limitado a verificar que las modificaciones guarden relación con la competitividad, sino que le compete también evitar que se produzca "el llamado dumping social".
Es la segunda sentencia en pocos días que ratifica la reforma después de que el Constitucional avalara el pago de indemnizaciones por despido improcedente de 33 días por año con límite de 24 pagas
LUENGAS IBARGUTXI S.L. Registro Mercantil de Bizkaia, Tomo 5288, Libro 0, Folio 108, Hoja BI-60304, Inscrip 1º NIF B95683983