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El Tribunal Supremo ha avalado que la empresa Uralita indemnice con 100.308 euros a un trabajador por los daños y perjuicios derivados de la enfermedad respiratoria que contrajo por su exposición al amianto cuando todavía no existían normas de seguridad laboral específicas sobre este material.
En la sentencia, el Supremo da por buena la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que ratificó el fallo inicial de un juzgado de Sabadell (Barcelona) por el que se condenaba a Uralita a indemnizar con 100.308 euros a su trabajador, que ya ha fallecido debido a la asbestosis severa provocada por el amianto.
El trabajador afectado prestó sus servicios para la planta de Uralita en Cerdanyola (Barcelona) entre marzo de 1965 y agosto de 1977, aunque hasta marzo de ese último año no se empezaron a impulsar normas de seguridad laboral específica para prevenir los riesgos del amianto. Según el Supremo, aunque en aquel momento no existieran normas específicas relacionadas con el amianto, el empresario "no estaba exonerado de dar cumplimento a las normas de seguridad, como la puesta a disposición de máscaras respiratorias, vestidos especiales, guantes, anteojos o limpieza de ropa y locales".
De esta forma, según el Supremo, la "conducta omisiva" de Uralita "elevó el riesgo de daño" y la "probabilidad de acaecimiento del suceso dañoso", lo que, según considera la sala, permite establecer el nexo de causalidad entre el incumplimiento y la enfermedad profesional finalmente diagnosticada.
Según ha informado hoy el despacho de abogados Colectivo Ronda, que llevó la reclamación del trabajador, su familia es la que ahora tiene derecho a recibir la indemnización de 100.308 euros. Esta es la cuarta sentencia condenatoria que dicta el alto tribunal contra Uralita en relación con enfermedades y muertes de extrabajadores de la empresa de Cerdanyola, ha subrayado el despacho de abogados, que comenzó a llevar los primeros casos en 1977.
En otros casos ha sido la empresa la que ha ganado, aunque no en casos de empleados, sino de vecinos afectados por las consecuencias nocivas del amianto. En julio de este año, la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid decidió revocar la resolución judicial de primera instancia que condenó a la empresa Uralita a pagar una indemnización de 3,9 millones, que se repartió entre 45 vecinos de Cerdanyola y Ripollet. Según la condena inicial, la compañía no había adoptado todas las medidas de seguridad necesarias para evitar que los vecinos que vivían alrededor de sus fábricas inhalaran las fibras de amianto que se desprendían durante la fabricación de fibrocemento, y por eso habían enfermado gravemente de diversas dolencias respiratorias. La Audiencia Provincial, sin embargo, cree que los hechos habían prescrito y los afectados deben devolver el dinero.
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