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El Juzgado Social número 3 de Barcelona ha condenado a Endesa Generación a indemnizar con 55.000 euros a la hija de un ex trabajador jubilado que murió por el contacto con el amianto en su lugar de trabajo sin que este producto fuera materia prima en su actividad.
La sentencia desestima una reclamación de la empresa en la que negó haber incumplido la normativa de seguridad laboral, ya que el amianto "no formaba parte del proceso productivo". En la misma reclamación, la compañía negaba el carácter profesional de la enfermedad que ocasionó la muerte del trabajador. No obstante, la resolución del juez recoge que las turbinas y juntas de las válvulas de la central térmica de Sant Adrià (Barcelona), donde trabajaba el fallecido, estaban recubiertas -como es habitual- de amianto como aislante térmico. Además, constató que este recubrimiento se desprendía en forma de polvo en caso de pequeñas fugas, y que los trabajadores no disponían de mascarillas bucales excepto en casos de "situaciones irrespirables o incendios".
Así, consideró probada la relación causa-efecto entre la exposición al amianto en el entorno de trabajo -aunque no fuera la materia prima- y la causa de la incapacidad y posterior muerte por un tumor maligno en la pleura que está ocasionado en el 80% de los casos por el contacto con esta sustancia.
Fuentes de la compañía confirmaron a Europa Press que recibieron esta sentencia el lunes y que la recurrirán al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) El sindicato CC.OO. de Catalunya destacó lo novedoso de la sentencia, ya que hasta ahora sólo se habían reconocido los efectos nocivos del amianto cuando se utilizaba como materia prima.
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