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Las empresas tendrán dos meses más para liquidar e ingresar los conceptos salariales que son computables a la base de cotización desde el pasado diciembre (vales de comida, de guardería, ayudas al transporte, planes de pensiones, acciones o participaciones de la compañía, entre otros).
En concreto, las nuevas cuotas generadas entre el 22 de diciembre pasado –fecha en la que entró en vigor la ley– y el 31 de marzo de 2014, “podrán ser objeto de liquidación complementaria e ingreso, sin aplicación de recargo o interés alguno, hasta el 31 de julio de 2014”. Así lo recoge la resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social que se publicará en los próximos días en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
De esta forma, Empleo responde a las numerosas peticiones recibidas los pasados meses de distintas empresas y sectores reclamando más tiempo para ponerse al día con estas nuevas cuotas, sin ser penalizados por retrasos en el pago.
Y es que esta nueva obligación de empresas y trabajadores de cotizar por la mayoría de los pluses salariales cayó como una bomba entre los empresarios.
El Ministerio de Empleo aprobó este incremento de las bases de cotización en un Real Decreto escoba (con otras muchas medidas de carácter laboral), el pasado 20 de diciembre, en vísperas de las vacaciones navideñas. Así, la fecha y la forma de aprobar esta medida supusieron que muchas compañías no fueran conscientes hasta pasados unos días o incluso semanas del incremento de costes que les supondría la medida. La práctica totalidad del salario en especie que pagaban a sus trabajadores –con la excepción de las dietas de viajes y algunas indemnizaciones– se encarecía para el empresario alrededor de un 30%.
Por ello, los responsables de la Seguridad Social pensaron desde el principio en dar un margen a los empresarios para que se pusieran al día con los nuevos pagos. Así la norma estableció que dicha regularización de las cuotas generadas desde el 22 de diciembre pasado podría hacerse hasta el 31 de marzo de 2014.
Si bien el 23 de enero, tras anunciarlo el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, la Tesorería General de la Seguridad Social dictó una resolución que ampliaba, hasta el 31 de mayo, la liquidación y pago de las nuevas cotizaciones del salario en especie generadas entre el 22 de diciembre y el 31 de marzo.
Ahora, estos mismos responsables han decidido ampliar este plazo de regularización dos meses más para “tratar de facilitar la liquidación e ingreso de la cotización correspondiente a las primeras mensualidades afectadas por la modificación legal”, indica la resolución ministerial.
Pendientes del reglamento No obstante, este no será el último retoque legal que sufre la medida, ya que aún está pendiente de aprobación el reglamento que la desarrolla. A pesar de que numerosos sectores afectados como el de los vales de comida o los planes de pensiones han presionado a Empleo para que suavizara esta norma, fuentes del Departamento aseguran que dicho reglamento solo recogerá ajustes técnicos pero no eximirá de los nuevos plazos a ninguna empresa.
¿Quíen y cómo debe cotizar más? P¿Quién paga más con esta ampliación de los conceptos salariales sujetos a la base de cotización?
R La práctica totalidad e los empresarios con asalariados que abonen cualquier tipo de salario en especie y a la inmensa mayoría de los trabajadores que lo reciben, salvo a aquellos que ya cotizan por la base máxima.
P¿Desde cuándo se cotiza por el salario en especie?
R Desde el pasado 22 de diciembre de 2013.
P¿Qué pasa si una empresa no abona las cuotas por estos conceptos retributivos?
R La Seguridad Social permitía a las empresas ponerse al corriente de pago por las cotizaciones generadas entre el 22 de diciembre y el 31 de marzo, hasta el 31 de mayo sin recargo alguno. Y ahora, Empleo ampliará este plazo de regularización hasta el 31 de julio. Si bien, este plazo es solo para liquidar las cuotas generadas desde la entrada en vigor de la medida y hasta el 31 de marzo. Desde esa fecha en adelante, a las empresas que no abonen las cuotas generadas por el salario en especie desde el 1 de abril, se les aplicará los recargos e intereses de demora previstos para los impagos de cuotas.
P¿Qué está ocurriendo en los primeros meses de aplicación de la medida?
R La Seguridad Social aún no ha facilitado datos oficiales sobre el impacto recaudatorio de la medida. Si bien fuentes empresariales aseguran que hay muchas empresas que están apurando a la fecha límite del 31 de mayo –31 de julio desde que el BOE publique la ampliación de este plazo– para ponerse al día de estos pagos. Además las empresas emisoras de vales de comida ya han calculado que unas 1.400 pymes han retirado esta ayuda a 42.000 empleados.
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