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El BOE del sábado publica la Resolución de 5 de marzo de 2014, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar durante 2014 el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación (Baremo 2014).
La Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, cuyo texto refundido fue aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, establece que anualmente, con efectos de primero de enero de cada año, deberán actualizarse las cuantías indemnizatorias que se recogen en el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
A título de ejemplo, la actualización supone que la indemnización en caso de muerte para el cónyuge viudo sea de 115.035,21 euros cuando el fallecido tenía hasta 65 años (en 2013 eran 114.691,14€), 86.276,40 euros si tenía entre 66 y 80 años (frente a los 86.018,34€ anteriores) y 57.517,60 euros si era mayor de 80 años (en lugar de 57.345,56€); o, en el caso de incapacidad temporal, 71,84 euros por cada día de ingreso hospitalario (en 2013 eran 71,63€), 58,41 euros por día impeditivo (frente a 58,24€), o 31,43 euros para el caso de días no impeditivos (en lugar de 31,34€) |