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Artículos de Prensa

 
El juzgado condena a Villadelprat por concurso culpable
 
12/11/2013
 
Fuente: EL PAIS
 
 

El Juzgado número 1 de lo Mercantil de Vitoria ha condenado a Joan Villadelprat por la gestión que hizo de la empresa Epsilon Eskadi, de la que era máximo responsable, al considerar que con sus decisiones agravó la situación de insolvencia y además provocó la salida fraudulenta de bienes y derechos de la misma en los dos años anteriores a la declaración del concurso. Villadelprat tendrá que pagar 900.000 euros y será inhabilitado tres años para gestionar el patrimonio ni bienes ajenos. Epsilon, el sueño de la fórmula uno, acabó liquidada enterrando una considerable cantidad de recursos públicos, más de 40 millones de euros, de los que una buena parte ha tenido que afrontar el Gobierno vasco por unas cuestionadas cláusulas que convertían al sector público en avalista de una operación crediticia de Kutxa y de Vital que acabó en impago.

"Se declara el concurso culpable, por haber llevado a cabo el administrador único, dentro del plazo legal de los dos años previos a la declaración de concurso, acciones que con culpa grave han agravado el estado de insolvencia (art. 164.1 LECO), así como por haber llevado a cabo una salida fraudulenta de bienes o derechos del patrimonio del deudor en el mismo plazo legal", cita la sentencia.

La juez considera que en su interrogatorio, Joan Villadelprat "es muy expresivo en cuanto al pleno conocimiento de la situación. Dice literalmente que él veía que iban a entrar en concurso y la Administración concursal lo iba a bloquear todo…no se iban a poder cumplir los compromisos con patrocinadores, pilotos, organizadores de campeonato…". La magistrada entiende que con ello Villadelpral tomó la decisión de vender la parte de la competición para “cumplir” con quienes habrían sido parte de los acreedores del concurso, de lo que se puede concluir que era plenamente consciente de que con la decisión de la venta estaba favoreciendo a determinados acreedores frente a otros. "Si a ello añadimos que no podía ignorar los datos que arrojaban los documentos contables, singularmente los datos que proporcionaban las Cuentas de Resultados de los ejercicios anteriores (2007-2010); descalabro en 2009 de los ingresos por “venta de vehículos y otros” cuando se pretendía en noviembre de 2008 (Business plan) que la rama de fabricación fuera el pilar fundamental; los ingresos por servicios de patrocinio rozaban el 100% de los ingresos totales".

La magistrada explica que Villadelprat no podía ignorar el valor que la rama de competición atribuía a las restantes ramas, pues así se expresaba literalmente en el Business Plan de 2008 y así lo dice también el propio Villadelprat en su interrogatorio, es decir, "la competición era lo que les daba repercusión".

Pero es que además las propias condiciones pactadas en el contrato de compraventa evidencian que la intención era blindar la operación frente a los acreedores del concurso. Frente a la versiónd e la defensa del condenado, en el sentido de que la venta a una empresa diferente era una transmisión de empresas, que no implica sucesión, la Tesorería genral de la Seguridad Social lo desmiente en una resolución de 27.02.2012 en la que explica que se tata de los mismoa trabajadors en una y en otra. "Se pacta una opción de compra que exigiría desembolsos imposibles para la concursada y con la condición que fuera exclusivamente Epsilon y no un tercero quien pudiera continuar la actividad, lo que imposibilitaba el ejercicio de la opción por los Administradores concursales con vistas a una liquidación traslativa con todas las ramas o líneas de negocio de la empresa", critica la juez de lo Mercantil.

La sentencia deja en manos de la jurisdicción penal la definición de si se produjo lo que la fiscalía considera un hecho, y Mercantil ahora también y es que se produjo un alzamiento de bienes en un momento concreto con una operación de venta de los únicos activos que generaban recursos de la empresa, la parte de competición que Villadelprat vendió a sus socios por un precio muy inferior al que fue tasado en el concurso.

De hecho el próximo día 22 viernes, los dos imputados en el proceso penal, el propio Villadelprat y su socio Phil Payne, declararán en el juzgado de Vitoria que analizará si ambos cometieron delitos penales en el proceso.

 

LUENGAS IBARGUTXI S.L.
Registro Mercantil de Bizkaia, Tomo 5288, Libro 0, Folio 108, Hoja BI-60304, Inscrip 1º NIF B95683983

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